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Gestión
CONTINUIDAD DE TRATAMIENTOS
EPS deberán responder por retrasos y fallas en entrega de medicamentos, según nueva circular del MinSalud
Nueva circular obliga a garantizar dispensación oportuna, activar planes de contingencia y evitar interrupciones en tratamientos de pacientes
Jueves, 14 de mayo de 2026, a las 10:20

Nueva circular pone en la mira la dispensación incompleta de medicamentos.


Redacción. Bogotá
El Ministerio de Salud y Protección Social (MinSalud) ha expedido la Circular Externa 017 de 2026 mediante la cual establece nuevas obligaciones para las EPS y demás actores del sistema de salud con el objetivo de garantizar la continuidad de los tratamientos y la entrega oportuna de medicamentos en todo el país.
 
La medida surge en respuesta a las reiteradas quejas de pacientes por retrasos, entregas incompletas y problemas de abastecimiento de medicamentos, situaciones que han impactado especialmente a personas con enfermedades crónicas, pacientes de alto costo, niños y poblaciones vulnerables.
 
De acuerdo con el Ministerio, las dificultades administrativas, financieras o contractuales entre EPS, gestores farmacéuticos y proveedores no pueden seguir trasladándose a los usuarios ni convertirse en barreras para el acceso efectivo a los tratamientos médicos.
 
La nueva normativa establece que las EPS deberán contar con redes suficientes de gestores farmacéuticos y mecanismos alternos de dispensación que permitan responder ante contingencias o fallas en la entrega de medicamentos. En caso de entregas parciales, las entidades estarán obligadas a informar el “pendiente” y garantizar que el paciente pueda reclamar el medicamento faltante en redes alternas de dispensación.
 
Asimismo, la cartera de Salud ha ordenado fortalecer los mecanismos de entrega domiciliaria cuando existan retrasos en la dispensación, garantizando que los medicamentos pendientes sean entregados en un plazo máximo de 48 horas.
 
Otro de los puntos clave de la Circular es la exigencia de pluralidad de oferentes para medicamentos bajo responsabilidad de las EPS y gestores farmacéuticos. Cuando exista un único proveedor o riesgos de desabastecimiento, las entidades deberán activar planes de contingencia e incluso mecanismos de importación de medicamentos vitales no disponibles, conforme a la regulación vigente y a las disposiciones emitidas por la Corte Constitucional.
 
El Ministerio también ha enfatizado la necesidad de mantener un flujo transparente y oportuno de recursos hacia gestores farmacéuticos y proveedores, evitando retrasos que puedan comprometer la continuidad asistencial.
 
En paralelo, la Circular refuerza la obligación de reportar situaciones de escasez o desabastecimiento de medicamentos y dispositivos médicos al Sistema de Monitoreo de Abastecimiento dispuesto por el Ministerio de Salud y Protección Social.
 
La estrategia contempla además un fortalecimiento de las acciones de inspección, vigilancia y control por parte de la Superintendencia Nacional de Salud y de las secretarías territoriales, así como un llamado a las entidades territoriales para recibir y canalizar denuncias de pacientes relacionadas con no entrega parcial o total de medicamentos.
 
Según ha explicado el Ministerio, el objetivo central de estas medidas es proteger la continuidad terapéutica y evitar interrupciones que puedan poner en riesgo la salud o la vida de los pacientes.
 
“La atención y el bienestar de los usuarios deben prevalecer sobre cualquier diferencia administrativa o contractual entre los actores del sistema”, reiteró la cartera sanitaria, al tiempo que hizo un llamado a EPS, gestores farmacéuticos, IPS y proveedores para actuar con responsabilidad institucional y articulación.
En un intento del Gobierno por reducir uno de los principales factores de deterioro en la adherencia terapéutica y en la continuidad de la atención, se ha evidenciado la fragmentación en la dispensación farmacéutica y los retrasos derivados de conflictos entre aseguradores y operadores logísticos.
 
El Ministerio ha concluido que el centro de las nuevas disposiciones son los pacientes y la garantía efectiva de sus tratamientos, especialmente en contextos de creciente presión sobre la cadena de suministro y la sostenibilidad operativa del sistema de salud colombiano.
 


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