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SERVICIO INTEGRAL
Instituciones clínicas de Bogotá tendrán nuevo esquema de recolección de residuos hospitalarios
Desde el 1 de febrero deberán contar con un operador que garantice la correcta disposición y eliminación de los residuos
Lunes, 24 de enero de 2022, a las 19:16

Las secretarías de Ambiente y Salud se encargarán de realizar la verificación del proceso.


Redacción. Bogotá
Las instituciones clínicas y hospitalarias que operan en Bogotá contarán con un nuevo esquema de recolección de residuos hospitalarios. La Secretaría de Ambiente y la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP) ha indicado que, desde el 1 de febrero este proceso cambia a un modelo de libre competencia.
 
Este cambio se debe al aumento gradual de los residuos hospitalarios, de acuerdo la Subdirección de Control Ambiental al Sector Público ha evidenciado que entre 2012 y 2020 se incrementaron los desechos hospitalarios en un 4.25 por ciento anual. Las autoridades han estimado que entre 2020 y 2024 se producirán alrededor de 81.4802 toneladas de material residual.
 
Por otro lado, la Resolución 5262 del 16 de diciembre de 2021 ha señalado que, los establecimientos generadores de residuos hospitalarios tendrán que contratar un servicio integral que facilite la correcta disposición de estos remanentes. Sin embargo, las instituciones generadoras de estos desperdicios deberán cerciorarse que el gestor contratado cumpla con las condiciones de almacenamiento, tratamiento y disposición final de los residuos hospitalarios y similares, contar con licencia ambiental vigente y entregar las certificaciones de tratamiento y disposición correspondientes.
 
Para cumplir con la recolección de los materiales hospitalarios residuales, las instituciones que los producen deben estar inscritas en el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos. En dicho registro se agrupan a los microgeneradores (0 a 10 kg), pequeños (hasta 100 kg), medianos (hasta 1000 kg) o grandes (más de 1000 kg) al mes.
 
Cabe mencionar que, el Distrito ha establecido fechas específicas para este proceso de inscripción según los dos últimos números del NIT o la cédula de ciudadanía (sin tener en cuenta el segundo dígito de verificación).
 
El registro como generador de residuos se podrá realizar de forma virtual en la página web de la Secretaría Distrital de Ambiente:
 
-Del 00 al 20 – 16 de diciembre del 2021 al 28 de febrero de 2022.
 
-Del 21 al 40 – 1 de marzo al 30 de abril de 2022.
 
-Del 41 al 60 – 1 de mayo al 30 de junio del 2022.
 
-Del 61 al 80 – 1 de julio al 30 de agosto del 2022.
 
-Del 81 al 99 – 1 de septiembre al 30 octubre del 2022.
 
Adicional a ello, las autoridades han solicitado a las instituciones generadoras de residuos hospitalarios guardar la información que soporte la gestión de los residuos (manifiestos de transporte y certificaciones de almacenamiento, tratamiento y disposición final) hasta por un periodo de cinco años. Igualmente, pidieron a la ciudadanía denunciar cualquier anomalía a la Línea 123, ya que la incorrecta disposición constituye un riesgo para la salud pública.
 
Las empresas habilitadas en Bogotá para esta labor se pueden consultar haciendo clic aquí.
 
Según ha indicado la resolución, los cambios a la recolección de residuos hospitalarios aplicarán obligatoriamente para las personas naturales o jurídicas que generen, separen, empaquen, recolecten, transporten, almacenen, aprovechen, traten o dispongan finalmente los residuos generados durante las siguientes actividades:
 
-Los servicios de salud (clínicas, centros odontológicos), además, de farmacias y droguerías.
 
-Bancos de sangre, tejidos y semen.
 
-Centros de docencia e investigación con organismos vivos o con cadáveres.
 
-Bioterios y laboratorios de biotecnología.
 
-Los servicios de tanatopraxia, morgues, necropsias, y exhumaciones.
 
-El servicio de lavado de ropa hospitalaria o de esterilización de material quirúrgico.
 
-Servicios veterinarios: consultorios, clínicas, laboratorios, centros de zoonosis y zoológicos, tiendas de mascotas, droguerías y peluquerías.
 
-Establecimientos destinados al trabajo sexual y otras actividades ligadas.
 
-Servicios de estética y cosmetología ornamental tales como: barberías, peluquerías, escuelas de formación en cosmetología, estilistas y manicuristas, salas de belleza y afines.
 
-Centros en los que se presten servicios de piercing, pigmentación o tatuajes.


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