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NORMA DE HABILITACIÓN
Minsalud unifica fechas para la reanudación de visitas de verificación a IPS
La cartera ha precisado las medidas aplicadas por parte de las Entidades Territoriales y la restitución de derechos de los prestadores que fueron afectados
Lunes, 26 de septiembre de 2022, a las 17:03

Se dará cumplimiento a las condiciones de habilitación establecidas en la Resolución 3100 de 2019.


Redacción. Bogotá
El Ministerio de Salud y Protección Social (MinSalud) ha emitido la Resolución 1719 del 20 de septiembre de 2022, para unificar las fechas para la actualización por única vez, del portafolio de servicios de salud y la reanudación de las visitas de verificación del cumplimiento de las condiciones de habilitación de servicios de Salud. 
 
La disposición se ha llevado a cabo en ocasión de la transición que deben realizar los prestadores de servicios de Salud en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS), para dar cumplimiento a las condiciones de habilitación, establecidas en la Resolución 3100 de 2019.
 
Con este proceso, el MinSalud ha estimado que los prestadores de servicios de salud dispongan hasta el 30 de abril de 2023, para ajustar las condiciones de los servicios habilitados a las determinadas en la Resolución 3100 de 2019, la cual tiene como eje principal la garantía de la prestación de servicios de Salud en condiciones de seguridad y dignidad para los usuarios. 
 
A través de la circular 041 del 22 de septiembre de 2022, se precisa a las Entidades Territoriales de Salud que el plan de visitas se ejecutará a partir del 1° de julio de 2023. En este plan deberán incluirse los servicios autorizados transitoriamente durante la emergencia sanitaria ocasionada por la COVID-19, según ha destacado la cartera en un comunicado.
 
Cabe mencionar que, con la unificación del período de transición con las visitas de verificación, se ha esclarecido a las Entidades Territoriales que los prestadores de servicios de Salud y en particular los profesionales independientes que a la fecha han recibido visita de verificación con las condiciones de habilitación establecidas en la Resolución 3100 de 2019, pueden acogerse a lo dispuesto en la Resolución 2003 de 2014 o en la Resolución 3100 de 2019.
 
De ese modo, el MinSalud ha destacado que para acogerse a esta unificación podrán solicitar por escrito dentro del debido proceso. Asimismo, las Entidades Territoriales deben revisar cada situación y garantizar la debida aplicación de la norma, incluido el levantamiento de la medida cuando a ello haya lugar, restaurando los derechos de los prestadores que fueron afectados. 
 
De acuerdo con el MinSalud, al momento se han adelantado mesas técnicas con diferentes actores y sectores que han manifestado inquietudes con la aplicación de la norma, en las cuáles se está realizando un análisis conjunto de las propuestas y se determinarán los ajustes razonables que se requieran para la modificación de Resolución 3100 de 2019. 

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