Reformas del decreto 719: Gobierno prevé garantizar cobertura ininterrumpida en las EPS
El decreto busca asegurar la cobertura de Salud para los afiliados en caso de liquidación o retiro voluntario de una EPS
Se deberá garantizar la continuidad del aseguramiento y la prestación de servicios de Salud.
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Redacción. Bogotá
Tras el informe presentado por la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud),
continúa la incertidumbre por lo que pasará con los afiliados de varias EPS que han presentado inconsistencias graves en su gestión; además del cierre voluntario por el que han apelado principales Entidades Promotoras de Salud (EPS) como Sura.
De ese modo, el Gobierno Nacional ha emitido el Decreto 0719 de 2024 que e
stablece nuevas normativas para garantizar la continuidad de los afiliados a las EPS en Colombia, en el que se contempla el retiro o liquidación voluntaria de las EPS, la revocatoria de autorización de funcionamiento, la intervención forzosa administrativa y la permanencia en el régimen subsidiado.
Asimismo, ha introducido mecanismos para la movilidad de los afiliados entre regímenes, asegurando que los usuarios
mantengan su cobertura y acceso a los servicios de salud sin interrupciones, y fortaleciendo la capacidad operativa de las EPS receptoras.
Sobre las EPS que podrán recibir afiliados, el Decreto ha establecido que se asegure la continuidad del aseguramiento y la prestación de servicios de Salud pública, abarcando las EPS y las Entidades Adaptadas en Salud que se encuentren operando el aseguramiento,
sin importar su naturaleza jurídica, para el caso de retiro voluntario, liquidación, revocatoria de autorización o intervención forzosa administrativa.
El Decreto ha puntualizado que, la asignación de afiliados se ha efectuado a las EPS que no están bajo medidas de vigilancia especial y que están habilitadas en el régimen correspondiente, previa
verificación del cumplimiento de requisitos de capital mínimo y patrimonio adecuado.
La Superintendencia Nacional de Salud ha ordenado la
entrega inmediata de las bases de datos de los afiliados a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) y al Ministerio de Salud y Protección Social.
“Se busca asegurar la atención de los pacientes afectados por el retiro o liquidación voluntaria, de la revocatoria de la autorización de funcionamiento o de la certificación de habilitación, o de la intervención forzosa administrativa para liquidar de las EPS”, ha señalado el decreto, además de
modificar las condiciones del mecanismo de movilidad y cumple con el artículo 35 de la Ley 1438 de 2011.
Una de las principales modificaciones consiste en la regla de asignación forzosa de afiliados, la cual ahora demanda que siempre haya al menos una EPS receptora en los municipios afectados. Esta medida se instaura para asegurar que, en caso de que una EPS se retire o sea liquidada, los afiliados puedan continuar recibiendo servicios de salud sin interrupción.
Según ha indicado el decreto, "con las anteriores reglas de asignación forzosa, según datos de la Superintendencia Nacional de Salud, con corte a marzo de 2024, 612 municipios no contarían con EPS receptoras en el régimen contributivo y 556 para el régimen subsidiado".
Adicional a ello, el decreto busca abordar una situación problemática en la que las EPS del régimen contributivo aceptaban afiliados del régimen subsidiado sin cumplir con los requisitos normativos. Hasta abril de 2024,
existen 5.29 millones de afiliados del régimen subsidiado en EPS del régimen contributivo que no cumplen con las normativas, a pesar de recibir recursos del régimen subsidiado.
Para solucionar este problema, las EPS del régimen contributivo que deseen mantener afiliados del régimen subsidiado deberán
obtener la autorización de la Superintendencia Nacional de Salud para operar en ambos regímenes.
Por último, la cartera de Salud ha previsto “garantizar el acceso a los servicios de salud en todo el territorio nacional, a través del fortalecimiento de la red pública hospitalaria, aplicando la normatividad vigente en materia de contratación en el régimen subsidiado”.
El dato
En la actualidad,
5,29 millones de afiliados al régimen subsidiado se encuentran registrados en EPS del régimen contributivo sin cumplir con los requisitos correspondientes. Para retener a estos afiliados, las EPS del régimen contributivo deberán solicitar autorización para operar en ambos regímenes.