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ACUERDO FINAL
La implementación del Plan Nacional de Salud Rural en Colombia constará de 3 fases
Se realizará una ruta metodológica, teniendo en cuenta la necesidad de involucrar a la ciudadanía desde la preparación hasta la evaluación
Lunes, 11 de julio de 2022, a las 18:35

Fernando Ruíz, ministro de Salud.


Redacción. Bogotá
El Ministerio de Salud ha dado a conocer un nuevo proyecto de resolución, con respecto a la implementación del Plan Nacional de Salud Rural (PNSR), el cual estará a cargo de la cartera de Salud, las entidades territoriales, las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB), instituciones prestadoras de salud (IPS) públicas y privadas teniendo en cuenta lo dispuesto en un acuerdo final.
 
De ese modo, según ha estipulado el MinSalud, para cumplir con esta implementación se dividirá en las siguientes fases: preparación técnica y normativa, apropiación territorial del PNSR; expansión y medición del impacto; y ejes del Plan Nacional de Salud Rural.
 
Adicional a ello, la cartera de Salud ha definido como ejes trasversales para la implementación del PNSR, lo siguiente:

a. El reconocimiento de la igualdad y protección del pluralismo de la sociedad colombiana, a través de la adopción de medidas en favor de grupos discriminados o marginados, teniendo en cuenta los enfoques diferenciales.

b. La participación de las autoridades territoriales y la coordinación intersectorial con los diferentes sectores de la sociedad.
 
c. La participación de la ciudadanía en el proceso de la planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes y programas en los territorios, que es además una garantía de transparencia.
 
Asimismo, el MinSalud ha destacado que, al tener en cuenta la necesidad de involucrar a la ciudadanía desde la preparación hasta la evaluación de los planes, la implementación del PNSR en el territorio se realizará a través de la ruta metodológica.
 
Con respecto a la continuidad de las acciones o actividades que surjan del Plan Nacional de Salud Rural, este tendrá una implementación desde la expedición de la presente resolución hasta el 2031, conforme las fases y etapas previstas en el documento anexo, y se realizará en los municipios clasificados como rurales y rurales dispersos o que hacen parte de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) de acuerdo con lo establecido en el Decreto 893 de
2017.
 
Por último, la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales (OAPES) será la encargada de reportar los avances de la implementación del Plan Nacional de Salud Rural, conforme a la información suministrada por las entidades o actores competentes, a través del Sistema Integrado de Información para el Posconflicto (SIIPO).

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