Edición Médica

Martes, 07 de mayo de 2024
21:54
Colombia | Ecuador
Profesionales
REALIDAD LABORAL
ASCUN pide conciliar la prestación de servicios y la labor docente de los profesionales de la Salud
El gremio pide que se haga compatible el régimen simple tributario de los profesionales de la Salud con las relaciones laborales de docencia
Viernes, 24 de marzo de 2023, a las 12:36

Oscar Domínguez González, director ejecutivo de la Asociación Colombiana de Universidades (ASCUN).


Karen Juliete Rojas. Bogotá
Hace varios días se ha evidenciado que, 32 de las 55 facultades de medicina asociadas a la Asociación Colombiana de Facultades de Medicina (Ascofame) presentaron 214 renuncias de docentes y 130 cambios provisionales en el tipo de vinculación, por lo que la situación encendió las alarmas por posibles afectaciones en el trabajo docente del área de Salud.
 
En ese sentido, en diálogo con EDICIÓN MÉDICA, Oscar Domínguez González, director ejecutivo de la Asociación Colombiana de Universidades (ASCUN), ha explicado que “la realidad laboral de muchos profesionales de la Salud que ejercen su profesión en el país es que suelen tener uno o varios contratos de prestación de servicios civiles con distintas instituciones de Salud, de forma tal que ejercen como profesionales independientes”.
 
“Dentro de estos profesionales, hay algunos que dedican parte de su tiempo a la docencia en educación superior, vinculándose con contratos laborales como profesores, dada la obligación de las universidades de usar este tipo contractual”, ha recalcado Domínguez.
 
El director ejecutivo ha señalado que, ahora, con la Reforma Tributaria los profesionales de la Salud que ejercen su profesión no podrán hacer parte del régimen simple de tributación, el cual ofrece una serie de beneficios tributarios al imponerles una menor carga, en comparación con el régimen ordinario, desestimulando el ejercicio de la docencia, puesto que, muchos profesionales y especialistas preferirán ofrecer sus servicios profesionales.
 
“Esto significa que quien pretenda pertenecer al régimen simple de tributación no puede tener dentro de sus actividades económicas relaciones laborales como empleado, ya que esto es incompatible con el régimen”, ha afirmado Domínguez.
 
En cuanto a la remuneración que reciben los profesionales de la Salud por su labor docente, el directivo ha asegurado que es “considerablemente pequeña, en comparación con los ingresos propios de su ejercicio profesional. En la gran mayoría de casos la principal motivación de estos profesionales en esta actividad es el interés de enseñar y compartir el conocimiento con las nuevas generaciones, y no un ánimo de lucro”.
 
Domínguez ha manifestado que dentro de las solicitudes que están haciendo al Gobierno Nacional se encuentra el poder incorporar dentro del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 "Colombia Potencia Mundial de la Vida", un artículo que haga compatible el régimen simple tributario de los profesionales en la Salud con las relaciones laborales; que tenga por objeto la prestación de servicios de docencia en entidades de educación superior en el país.
 
“Lo anterior, dada la estrecha relación con la formación de profesionales de alta calidad en áreas de la Salud, que podría verse afectada y que tiene total pertinencia y justificación dentro de la norma que se está sometiendo a trámite legislativo”, ha agregado Domínguez.
 
Adicional a ello, Domínguez ha precisado que su petición también se centra en modificar el Estatuto Tributario a través del PND, específicamente el numeral 3 del artículo 906 del Estatuto Tributario, en el sentido de incluir como excepción a la restricción de relaciones laborales aquellas que se celebren con entidades de educación superior del país y que tengan por objeto la cátedra o la investigación.
 
No obstante, pese a que el directivo ha asegurado que esta situación ya se dio a conocer al Ministerio de Educación Nacional, Ministerio de Salud y Protección Social y de otras entidades relacionadas con el tema, “por tratarse de un conflicto de carácter normativo, la solución requerida implica una eventual modificación de alguna de las normas citadas, trámite que no es del todo expedito ni depende de la intervención de un único funcionario”.


Política de cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros para recopilar información que ayuda a optimizar su visita. Las cookies no se utilizan para recoger información de carácter personal. Usted puede permitir su uso o rechazarlo, también puede cambiar su configuración siempre que lo desee. Al continuar con la navegación entendemos que se acepta nuestra Política de cookies.