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PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Se propone ajustes al valor de reconocimiento y pago de aplicación de vacunas COVID-19
También se plantea garantizar mecanismos que permitan el cargue de información por parte de las entidades responsables de pago
Viernes, 14 de mayo de 2021, a las 13:56

Unidad móvil de vacunación COVID-19 en Puerto Colombia.


Redacción. Bogotá
El Ministerio de Salud y Protección Social (MinSalud) ha presentado un proyecto de resolución en el que propone ajustes en la metodología que define el valor del reconocimiento y otros procesos necesarios para el pago de vacunas contra la COVID-19.
 
En ese sentido, el MinSalud ha planteado modificaciones a las Resoluciones 166 y 508, las cuales buscan esclarecer criterios para el reconocimiento y pago de los costos asociados al agendamiento y a la aplicación de la vacuna, así como garantizar los mecanismos que permitan el cargue de la información por parte de las entidades responsables de pago.
 
Cabe resaltar que, cuando se expidió la Resolución 166 de 2021, se llegó a reglamentar y describir la metodología que se usaría en el territorio nacional para la determinación de los valores a reconocer tanto a los prestadores de servicios de salud, como a las entidades responsables del aseguramiento en salud.
 
Esto con respecto a los costos asociados al agendamiento de las citas y a la aplicación de las vacunas contra el COVID-19, y a los costos asociados al proceso de validación, los cuales deberán adelantarse por la vacuna aplicada para efectos del pago y apoyo, con el fin de que los prestadores cumplan con la obligación del agendamiento.
 
Asimismo, en la Resolución 508 se ha modificado el procedimiento de validación de las vacunas (por parte de las entidades responsables) y se ha estipulado el procedimiento de reconocimiento de las vacunas aplicadas al Talento Humano en Salud.
 
No obstante, varios actores sectoriales han identificado necesidades que no fueron consideradas en las normas anteriores, como la observación post vacuna (considerado como un proceso que comprende un reconocimiento adicional a los prestadores de servicios de salud) por lo que se ha requerido mayor claridad en la validación que deben hacer los distintos participantes del Plan Nacional de Vacunación.
 
De igual forma, el proyecto ha señalado la importancia de precisar el alcance de las tácticas de vacunación que vayan a ser practicadas por parte de los prestadores de servicios de salud, las cuales serán objeto de reconocimiento y pago de conformidad a las tarifas determinadas por la normatividad vigente.
 
Sobre el cambio al valor de reconocimiento y pago
 
Con respecto al cálculo de los costos del proceso de agendamiento y aplicación de la vacuna, el proyecto ha establecido la conformación de un equipo de vacunación y sus estándares de rendimiento por estrategia.
 
Desde el MinSalud se ha recalcado las diferencias presentes en el territorio nacional en relación con la disponibilidad del recurso humano, la accesibilidad del territorio, la oferta de insumos, entre otros.
 
Adicional a ello, el proyecto ha planteado los siguientes rendimientos por vacunador al día: 
 
-Estrategia intramural: 40 dosis al día.
 
-Estrategia extramural urbano: 20 dosis al día.
 
-Estrategia extramural rural disperso: 10 dosis al día.
 
Sobre la verificación, control y validación
 
Sl respecto, el MinSalud ha enfatizado que la verificación, control y validación que se efectuará por las EAPB y demás entidades, se ha considerado un total de dosis para este seguimiento de 62.469.298 ejecutable en 365 días calendario entre 143 entidades.
 
Es preciso recordar que, algunas vacunas han requerido dos dosis, mientras que otras son monodosis para completar el esquema. Por lo que, también se ha considerado una frecuencia de 15 llamadas por hora y dedicación diaria de 8 horas.
 
Costo por agendamiento y aplicación de vacunas COVID-19
 
El costo y agendamiento que se reconocerá a los prestadores de servicios de salud es diferencial según la región y estrategia utilizada, por lo que, en el proyecto de resolución se ha indicado que los costos definidos por agendamiento y aplicación de la dosis, ya contemplan el valor de la observación post vacuna, por tanto, no deberán ser facturados de manera independiente.
 
Por otro lado, el costo estimado por la gestión de verificación y apoyo a los prestadores, la validación por vacuna aplicada y gestión de las certificaciones que se reconocerá a los las entidades responsables del aseguramiento en salud, los administradores de los regímenes especiales y de excepción en salud, el Fondo Nacional de Salud de las personas privadas de la libertad y las entidades territoriales departamentales y distritales (estas últimas solo con respecto a la población no afiliada que tengan a cargo o para la población que estando afiliada sea objeto de estrategias de vacunación definidos por ellos) es el mismo valor para todas las regiones.
 
Finalmente, el costo del agendamiento y a la aplicación de la vacuna a los prestadores de salud, se les reconocerán los costos asociados al agendamiento y aplicación de la vacuna en función a las dosis suministradas durante el mes, previa validación de las entidades responsables del aseguramiento en salud, los administradores de regímenes especiales y de excepción en salud, el Fondo Nacional de Salud de las personas privadas de la libertad y los departamentos y distritos, respecto de la población no afiliada que tenga a cargo o para la población que estando afiliada sea objeto de estrategias de vacunación definidos por esta en coordinación con las entidades responsables del aseguramiento.
 
 


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