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Gestión
PROCESO SANCIONATORIO
Supersalud ratifica sanción de 350 millones de pesos a EPS Sanitas por violar directrices durante la pandemia de COVID-19
La sanción obedece a la omisión de la EPS a tres requerimientos relacionados con la vacunación en Barranquilla en 2021
Miércoles, 17 de enero de 2024, a las 14:38

Ulahí Beltrán, superintendente nacional de Salud.


Redacción. Bogotá
La Superintendencia Nacional de Salud ha ratificado una multa de 350 millones de pesos impuesta a la EPS Sanitas por no cumplir con las directrices durante la pandemia de COVID-19, específicamente en el proceso de vacunación coordinado por el Gobierno Nacional.
 
La entidad de supervisión ha evidenciado que la EPS no respondió a los requerimientos reiterados relacionados con la implementación de bases de datos para la identificación y aplicación eficiente de dosis, lo cual era crucial para alcanzar las metas diarias de vacunación.
 
Según ha indicado la investigación administrativa, durante los meses de abril y mayo de 2021, la Supersalud emitió tres requerimientos a la regional Caribe de la EPS para obtener información sobre los mecanismos utilizados para garantizar bases de datos actualizadas en el distrito de Barranquilla.
 
Estos datos eran esenciales para gestionar adecuadamente la programación de los usuarios por parte de las instituciones de vacunación en el contexto de la pandemia.
 
Al no recibir respuesta a estos requerimientos, la Superintendencia había inciado un proceso sancionatorio que culminó en diciembre de 2022 con la imposición de una multa de 350 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Aunque Sanitas apeló la sanción, esta fue confirmada tanto en la instancia de reposición como en la apelación.
 
La EPS Sanitas ha sido acusada de no actuar con la diligencia debida al incumplir las instrucciones impartidas y no responder a los requerimientos dentro de los plazos establecidos. La resolución destaca que la falta de respuesta obstruyó el ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control de la Supersalud, limitando la capacidad de seguimiento y evaluación oportuna de la información relacionada con las bases de datos de afiliados.
 
El acto administrativo definitivo ha confirmado la multa inicial y señaló que Sanitas actuó de manera negligente y omisa al no atender oportunamente las instrucciones. La resolución destaca la necesidad de una respuesta eficiente y oportuna a los requerimientos de la Superintendencia para facilitar sus funciones de inspección, vigilancia y control en el sector de la salud.
 
En el contexto de la pandemia de COVID-19, se esperaba que todos los actores del sistema de salud colombiano colaboraran de manera coordinada. La entrega oportuna de información se consideraba esencial para la toma de decisiones y el control eficaz de los recursos destinados a mitigar la pandemia.
 
De ese modo, la resolución enfatiza la importancia de que las entidades vigiladas atiendan de manera eficiente y oportuna los requerimientos de la Superintendencia para facilitar el cumplimiento de sus funciones.

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