ENTREGA DE MEDICAMENTOS
Supersalud refuerza control sobre gestores farmacéuticos con nueva circular de reporte obligatorio
A partir de octubre de 2025, los gestores deberán reportar a la entidad cuáles tecnologías en salud presentan dificultades
Miércoles, 27 de agosto de 2025, a las 12:20
Giovanny Rubiano García, superintendente nacional de Salud.
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Redacción. Bogotá
La Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) ha expedido la Circular Externa 2025151000000009-5 de 2025, la primera normativa técnica dirigida a los
gestores farmacéuticos, con el propósito de fortalecer la
vigilancia, inspección y control sobre su operación y garantizar mayor oportunidad en la entrega de medicamentos, dispositivos médicos y demás tecnologías en salud a los afiliados del sistema.
La medida responde a una de las mayores preocupaciones en el sistema de salud: la
entrega tardía de medicamentos y dispositivos médicos, que constituye el motivo principal de las Peticiones, Quejas, Reclamos y Sugerencias (PQRS) de los usuarios.
A partir de
octubre de 2025, los gestores deberán reportar a la entidad de control cuáles tecnologías en salud presentan dificultades para la dispensación, detallando las causas de los problemas. Entre los reportes obligatorios establecidos por la circular se encuentran:
-La naturaleza de la operación como proveedor de tecnologías en salud.
-El número de puntos de dispensación, capacidad máxima de atención, tiempos promedio de espera y número de usuarios atendidos por punto.
-Detalle de los contratos vigentes con las Entidades Responsables de Pago, incluyendo su propósito, condiciones de renovación, exclusividad por enfermedad o medicamento, entre otros aspectos.
-Información sobre cobertura municipal y población asignada.
El superintendente nacional de Salud,
Giovanny Rubiano García, ha resaltado que, “esta medida refuerza las acciones de inspección y vigilancia sobre los gestores farmacéuticos para solventar la laxitud con la que algunos de ellos venían operando desde su creación en 2019, y con ello, velar por la oportunidad en la entrega de medicamentos a los afiliados del SGSSS”.
En ese sentido, la Delegatura para Operadores Logísticos de Tecnologías en Salud y Gestores Farmacéuticos será la encargada de hacer seguimiento a la medida, exigiendo que la información reportada cumpla criterios de
calidad, cobertura, pertinencia, oportunidad, fluidez y transparencia.
El incumplimiento de estas directrices acarreará
sanciones administrativas, sin perjuicio de otras responsabilidades legales.
Con esta circular, la Supersalud no solo busca subsanar los vacíos en la regulación de los gestores farmacéuticos desde 2019, sino también
asegurar que la cadena de dispensación de medicamentos opere bajo parámetros claros y verificables. Para los profesionales de la salud, esta regulación implica un paso hacia una gestión farmacéutica más eficiente, transparente y orientada al paciente, condición fundamental para preservar la confianza y la sostenibilidad del sistema.