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Salud Pública
FINANCIACIÓN DE MEDICAMENTOS
FECOER presenta queja ante la Procuraduría por reiterados incumplimientos de MinSalud y ADRES en giros presupuestarios
De acuerdo con la Resolución 1139/2022, los recursos deben transferirse los primeros quince días calendario de cada mes
Jueves, 04 de enero de 2024, a las 12:25

Diego Femando Gil Cardozo, director ejecutivo de la Federación Colombiana de Enfermedades Raras (FECOER).


Redacción. Bogotá
El director ejecutivo de la Federación Colombiana de Enfermedades Raras (FECOER) Diego Femando Gil Cardozo, ha interpuesto una queja ante la Procuraduría General de la Nación por reiterados incumplimientos de Ministerio de Salud y Protección Social y la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud ADRES, en giros de los presupuestos máximos.
 
De acuerdo con Gil Cardozo, la resolución 1139 de 2022 en la que se establecen disposiciones referentes al presupuesto máximo, ha señalado que la financiación de medicamentos con recursos de la UPC será asumida por la ADRES, específicamente para enfermedades huérfanas o para las personas diagnosticadas en vigencias anteriores y que inicien tratamiento con un medicamento de este tipo durante la vigencia del presupuesto máximo.
 
Asimismo, en el documento se ha especificado que, el Ministerio de Salud no ha realizado los pagos correspondientes a los presupuestos máximos de noviembre y diciembre del año 2023. Los cuales son trascendentales para la atención de los pacientes con enfermedades huérfanas y raras.
 
De ese modo, el colectivo ha solicitado la correspondiente investigación sobre los pagos de noviembre y diciembre del 2023, así como los ajustes de 2022. El gremio enfatizado que se está poniendo en riesgo la salud de los pacientes con enfermedades huérfanas y raras, ya que, más del 40 por ciento de los recursos de PM están destinados a financiar medicamentos y tecnologías para este tipo de enfermedades; recursos que no están recibiendo.
 
En Colombia hay más de 80 mil pacientes con estos diagnósticos.
 
FECOER ha subrayado en su comunicado que, pese a las declaraciones emitidas por el Ministerio de Salud sobre los giros realizados por la ADRES a las EPS, “se hace un llamado urgente al Gobierno Nacional a ponerse al día, pues de acuerdo con lo reportado en la sección La Lupa al Giro de la página web de la ADRES, no se han realizado los pagos correspondientes a noviembre y diciembre de este año, ni de los ajustes de 2022, lo cuales ascienden a más de 800 mil millones de pesos”.
 
El no cumplimiento de estas disposiciones representa una “violación reiterativa por parte del gobierno a la Ley Estatutaria en Salud, que reconoce a los pacientes con enfermedades huérfanas como sujetos de especial protección, advirtiendo que deben recibir atención sin que existan barreras administrativas o económicas”.
 
"Solicitarnos al ministro de Salud y Protección Social y al director de la ADRES realizar inmediatamente las gestiones para garantizar que los recursos fluyan al sistema de manera oportuna y evitar que se siga poniendo en riesgo la vida de miles de colombianos", ha expresado el director ejecutivo de FECOER.
 
Fundamentos de derecho
 
FECOER ha resaltado que, la Resolución 1139 de 2022, en su artículo 13 indica que la ADRES transferirá a la EPS y a las entidades adaptadas los recursos del presupuesto máximo, previa disponibilidad presupuestal considerando los ajustes a este. Por ende, la transferencia se debe realizar de forma mensual y proporcional dentro de los 15 primeros días calendario del respectivo mes.
 
Adicional a ello, ley estatutaria en Salud 1751 de 2015 ha destacado que las personas con enfermedades huérfanas gozarán de especial protección por parte del estado, puntualizando que la atención en Salud no estaría limitada por ningún tipo de restricción administrativa o económica.
 
 
Finalmente, al reconocer a las enfermedades huérfanas como asunto de interés nacional, se deberá garantizar el acceso a los servicios de salud y tratamiento y rehabilitación a las personas que se diagnostiquen con dichas enfermedades, con el fin de beneficiar a esta población con los diferentes planes, programas y estrategias de intervención en salud, emitidas por el Ministerio de la Protección Social, como lo estipula la Ley 1392 de 2010.
 


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