ORGANIZAR SERVICIOS
Proyecto Distrital sobre atención materna excedería competencias del Concejo, según la Secretaría de Salud de Bogotá
La entidad recuerda que la definición de Rutas Integrales de Atención en Salud es competencia exclusiva del Ministerio de Salud
Miércoles, 11 de febrero de 2026, a las 14:46
Gerson Bermont, secretario distrital de Salud.
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Redacción. Bogotá
En medio del trámite del Proyecto de Acuerdo No. 340 de 2025, que propone crear una “Ruta por la vida dirigida a mujeres gestantes, lactantes y vida por nacer”, la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá ha emitido un pronunciamiento técnico en el que advierte que la
iniciativa excede las competencias del Concejo Distrital y podría generar confusión en la organización de los servicios.
Según ha indicado la entidad, la normativa nacional establece que el único actor facultado para definir las Rutas Integrales de Atención en Salud (RIAS) es el Ministerio de Salud y Protección Social. La Resolución 3202 de 2016 adoptó el Manual Metodológico para las RIAS,
herramientas de obligatorio cumplimiento que garantizan la integralidad en la prestación de servicios.
Ruta Materno Perinatal ya está en vigor
La Secretaría ha recordado que Bogotá aplica actualmente la Resolución 3280 de 2018, modificada por la Resolución 051 de 2023, que adopta la
Ruta Integral de Atención para la Promoción y Mantenimiento de la Salud y la Ruta Materno Perinatal.
Este marco normativo reconoce a las mujeres en edad fértil como sujetas de derechos, asegura la atención integral en las distintas etapas del ciclo reproductivo y contempla
intervenciones médicas y biopsicosociales sin distinción por orientación sexual o identidad de género.
Asimismo, la ruta vigente garantiza el acceso seguro y de calidad a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), en coherencia con la jurisprudencia constitucional y la
regulación nacional sobre autonomía reproductiva.
De acuerdo con la Secretaría, la creación de una nueva “ruta” mediante acuerdo
distrital replicaría o intervendría procedimientos ya regulados a nivel nacional. Además, señaló que el título del proyecto podría generar interpretaciones restrictivas en el acceso a servicios, razón por la cual previamente se emitió concepto de no viabilidad.
La entidad también ha recalcado que la vigencia de la Circular 024 de 2023, que establece recomendaciones para garantizar el acceso seguro, oportuno y de calidad a la atención integral en IVE, en el marco de las competencias distritales y en estricto cumplimiento de la
Ruta Materno Perinatal nacional.
Las intervenciones territoriales deberán alinearse con los lineamientos del Ministerio de Salud, asegurando coherencia normativa, sostenibilidad financiera y garantía efectiva de derechos en la atención materna y perinatal.