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Salud Pública
NUEVAS CONDICIONES
Se elimina requisito de prueba CoVID19 a viajeros que llegan en vuelos internacionales
Tener un resultado negativo de prueba PCR con hasta 96 horas de anterioridad al vuelo ya no ha sido considerado para viajeros
Jueves, 05 de noviembre de 2020, a las 15:50

Julián Fernández Niño, director (e) de Epidemiología y Demografía.


Redacción. Bogotá
El Gobierno Nacional ha eliminado el requisito de contar con un resultado negativo de prueba PCR, con hasta 96 horas de anterioridad al vuelo, para todos aquellos viajeros que han esperado ingresar al país por vía aérea.
 
El Gobierno ha establecido que “los requisitos previos al vuelo son, en primera medida, no presentar fiebre o síntomas respiratorios asociados al CoVID19. De igual manera, se impedirá el abordaje a aquellos viajeros que no hayan diligenciado previamente la aplicación Check– Mig”, ha destacado Julián Fernández Niño, director encargado de Epidemiologia y Demografía.
 
De igual forma, Fernández ha manifestado que estas disposiciones se efectuado en el marco de la estrategia de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible (PRASS). No obstante, las aerolíneas deberán informar a sus pasajeros que al llegar a Colombia “serán objeto de seguimiento por parte de su asegurador, la secretaría de Salud o a través del Centro de Contacto Nacional de Rastreo (CCNR)”.
 
Los operadores de los aeropuertos también han señalado que mantendrán el compromiso de recordar a sus viajeros que el uso del tapabocas es obligatorio para toda persona mayor de 2 años de edad durante todo el vuelo.
 
Asimismo, las autoridades han precisado que los viajeros deben evitar, en la medida de lo posible, el uso del baño en vuelos de menos de 2 horas. Los viajeros también deberán llevar múltiples tapabocas para remplazarlos durante el viaje y permanecer en la silla asignada durante el tiempo del vuelo.
 
Diversidad de responsabilidades para los viajeros 
 
EL Gobierno ha dispuesto que en el nuevo acto administrativo, los pasajeros deberán responder al rastreo y seguimiento estricto que realizará la EPS o la secretaría de Salud de la jurisdicción donde permanece, por lo cual esta medida ha sido aplicada tanto para nacionales como para extranjeros.
 
Incluso las autoridades han dispuesto que las personas deberán reportar a estas instituciones si durante los 14 días posteriores a su viaje presentan síntomas sospechosos de CoVID19 y seguir las medidas indicadas, las cuales serán costeadas por los viajeros en caso de no estar asegurado.
 
Los operadores de los aeropuertos también han establecido que, los pasajeros que planean salir de Colombia deben ingresar al aeropuerto con 3 horas de anticipación para el abordaje al vuelo, hacer uso del tapabocas desde el ingreso a la terminal aérea, durante el vuelo y en el puerto de llegada, así como conocer todos los requisitos sanitarios del país de destino, tales como cuarentenas o pruebas.
 
Al respecto, Fernández ha aclarado que el requisito de pruebas en los países destino no lo establece el Gobierno de Colombia, sino que son disposiciones que cada nación impone y, por ende, deben ser cumplidas por los viajeros.
 
Durante el vuelo 
 
El nuevo acto administrativo, el cual modifica la Resolución 1627 de 2020, ha establecido como requisito para las aerolíneas “designar un baño exclusivo para la tripulación, siempre que haya suficientes para el uso de los viajeros y sin que se genere aglomeración. En tal caso, se deben asignar los baños según la ubicación de los pasajeros”.
 
Adicional a ello, la resolución ha definido que cuando haya lugar a distribuir los alimentos, se debe hacer en contenedores sellados y preenvasados, y por ubicación de letras en la aeronave para evitar que los pasajeros de la misma fila coman al mismo tiempo. Además, en el caso de los vuelos de menos de 2 horas de duración, las aerolíneas deben abstenerse de realizar actividades de servicio a bordo.
 
La obligación de limpiar y desinfectar los servicios de entretenimiento a bordo después de cada vuelo, ha sido indispensable, así como también la prohibición de compartir elementos utilizados para demostraciones entre los tripulantes. En caso de que un viajero presente sintomatología asociada a CoVID19 deberá ser aislado.
 
Fernández ha añadido que, “dada la evidencia reciente, se sugiere que los viajeros guarden en la medida de lo posible silencio durante el viaje, ya que así se disminuye el riesgo de transmisión en el transcurso del vuelo, el cual en todo caso sigue siendo bajo”.
 
Por su parte, la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, ha señalado en su cuenta de Twitter que, la eliminación de este requisito ha representado un error y un riesgo innecesario. “No se reactiva el transporte aéreo ni el turismo trayendo indiscriminadamente pasajeros sintomáticos y contagiados. Echa a perder esfuerzos que deben mantenerse y sostenerse en el cuidado y manejo de la pandemia en Bogotá y Colombia”, ha indicado López.
 


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