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NUEVO PROYECTO
ADRES emite proyecto de resolución para el reconocimiento y pago de las pruebas CoVID19 a EPS e IPS
La administradora ha indicado que, el pago de las pruebas diagnósticas se hará de forma directa a las prestadoras de Salud
Martes, 02 de febrero de 2021, a las 18:48

Resolución para el pago de pruebas diagnósticas CoVID19. Imagen de referencia.


Redacción. Bogotá
La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) ha informado que publicó un proyecto de resolución con el que se establece el proceso de reconocimiento y pago de las pruebas PCR y antígeno para detectar la CoVID19.
 
Estas pruebas fueron practicadas a los afiliados del sistema de salud de los regímenes contributivo y subsidiado a través de las Entidades Prestadoras de Salud (EPS), entre el 17 de marzo y el 25 de agosto del 2020.
 
La administradora ha señalado que el pago de estas pruebas diagnósticas se realizará de forma directa a los prestadores siempre y cuando la EPS acredite que aún no se ha realizado el pago. Si la EPS ya pagó el valor al prestador, el reconocimiento y pago le corresponderá a la aseguradora.
 
De acuerdo con la ADRES, ya ha girado a las EPS, IPS y laboratorios más de 68.000 millones de pesos por las pruebas PCR y antígeno que se han practicado desde el 25 de agosto a la fecha de acuerdo con la Resolución 1463 de 2020.
 
La entidad ha recalcado que, este proceso, que está en reglamentación, es para el pago de las pruebas para CoVID19 que practicaron las EPS desde el inicio de la emergencia sanitaria, es decir, desde el 17 de marzo hasta el 26 de agosto de 2020.
 
Sobre el cronograma y radicación para el reconocimiento y pago de pruebas diagnósticas
 
Según ha manifestado la entidad regulatoria, las EPS o EOC presentarán la información de las solicitudes de reconocimiento y pago entre el 15 y el 28 de febrero de 2021 para lo cual la ADRES dispondrá la plataforma destinada para el efecto.
 
Asimismo, en el documento se ha denotado que, en este periodo, las EPS o EOC presentarán la relación de la totalidad de las pruebas realizadas entre el 17 de marzo y el 25 de agosto de 2020, por ello, deberán considerar que el monto de las mismas no exceda el valor definido en la Resolución 2461 de 2020 para cada EPS.
 
De igual forma, la entidad ha señalado que, las EPS o EOC a las que la ADRES, resultado de las validaciones aplicadas a la información presentada, solicite información adicional o ajustes a la misma, deberán presentarla en el período dispuesto que no será posterior a abril de 2021.
 
Por último, la ADRES ha estipulado que, las EPS o EOC son responsables de la calidad, veracidad y oportunidad de la información que presenten y de asegurar su consistencia con la de las diferentes bases de referencia (entre ellas BDUA y Sismuestras).
 

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