MECANISMO DE PROTECCIÓN
Medida cautelar sobre EPS Compensar por barreras administrativas en procedimientos que requieren urgencia
La Supersalud ha dado un plazo máximo de 48 horas para que la EPS garantice la efectiva prestación de los servicios
Ulahí Beltrán, superintendente nacional de Salud.
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Redacción. Bogotá
A través de una medida cautelar, la Superintendencia Nacional de Salud ha ordenado al representante legal de la Caja de Compensación Familiar Compensar,
Carlos Mauricio Vásquez, poner fin de inmediato a la dilación o negación de los servicios requeridos.
De acuerdo con la entidad de control, se ha exigido garantizar de manera oportuna, integral y continua la atención a uno de sus afiliados en Villavicencio, quien
llevaba meses solicitando la autorización y programación de una cirugía tras sufrir la fractura de tibia y peroné.
El caso se había dado a conocer durante un Diálogo con el Supersalud en la capital del departamento del Meta el pasado 21 de noviembre. Durante el evento, el paciente expresó las demoras en el acceso a los servicios por parte de la EPS Compensar para autorizar y
programar la cirugía que le permitiría retirar el material de osteosíntesis.
“La justa reclamación fue clasificada con riesgo priorizado debido a la grave condición clínica del paciente y por eso se generaron unas instrucciones puntuales para proteger la salud y la vida del usuario”, ha indicado parte de la resolución firmada por
Ulahí Beltrán, superintendente Nacional de Salud.
A pesar de contar con la orden desde hace cinco meses, solo en octubre fue valorado por Anestesiología, donde el especialista dio el visto bueno para la
intervención quirúrgica, que aún no se ha llevado a cabo.
En ese sentido, la Supersalud, al clasificar la reclamación como riesgo priorizado debido a la
grave condición clínica del paciente, ha emitido una resolución con instrucciones precisas para proteger la salud y la vida del usuario.