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GRUPOS PRIORIZADOS
Vía libre para la implementación de modelos piloto de vacunación COVID-19 en población de regímenes de excepción
Se asignarán vacunas contra la COVID-19 según disponibilidad hasta completar el 10 por ciento de la población
Miércoles, 12 de mayo de 2021, a las 17:12

Fernando Ruíz, ministro de Salud.


Redacción. Bogotá
El Ministerio de Salud y Protección Social (MinSalud) ha informado que se dio vía libre a la implementación de modelos piloto para la vacunación contra la COVID-19 de la población de los regímenes de excepción y algunas poblaciones especiales.
 
De acuerdo con la Resolución 588 de 2021, el ministerio ha señalado que en estos modelos pilotos, específicamente serán inmunizados los siguientes grupos:
 
-Agentes educativos, madres y padres comunitarias vinculados a los servicios de primera infancia identificados por el ICBF.
 
-Docentes, directivos docentes, personal de apoyo logístico y administrativo de los establecimientos de educación inicial, prescolar, básica primaria, secundaria y educación media.
 
-Personal activo, el que sea llamado para la reserva activa o el que está en proceso de formación, personal de apoyo logístico y administrativo de las escuelas de formación de las fuerzas militares.
 
-Personal activo, el que sea llamado para la reserva activa o el que está en proceso de formación, personal de apoyo logístico y administrativo de las escuelas de formación de la Policía Nacional de Colombia.
 
-Personal de la Fiscalía General de la Nación y personal de apoyo logístico y administrativo.
 
Con respecto a la ejecución de estos modelos piloto, el MinSalud ha afirmado que se asignarán vacunas anticovid según la disponibilidad, hasta completar el 10 por ciento de la población, incluida en cada uno de los pilotos hasta entregar 10.000 dosis a cada grupo priorizado.
 
Cabe resaltar que, las dosis serán entregadas a: Sanidad militar de las Fuerzas Militares y de la Policía, a los agentes que operan el régimen de excepción del magisterio y a la Fiscalía General de la Nación, quienes deben garantizar la aplicación de la vacuna en los prestadores y demás entidades habilitadas para la vacunación.
 
El costo de los servicios de vacunación para estas poblaciones será cubierto por el Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME).
 
Por otro lado, la Resolución ha estipulado que los biológicos para inmunizar a las madres y padres comunitarios del ICBF se asignarán mediante el procedimiento establecido para el resto de habitantes del territorio nacional.
 
En ese sentido, para la implementación de los modelos pilotos, los responsables definidos por el Ministerio de Defensa, Educación, el ICBF y la Fiscalía General de la Nación deberán instalar una mesa de coordinación con delegados del Minsalud para la planificación, ejecución y seguimiento de tales modelos.
 
El dato
 
Las entidades asignadas serán las encargadas de reportar al MinSalud las bases de datos de las personas objeto de la vacunación, de acuerdo con la estructura que se establezca. Del mismo modo, deberán presentar la “microplanificación del modelo piloto”, el listado de instituciones vacunadoras y la coordinación para la vacunación del personal.

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