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Defensor del pueblo critica nuevos requisitos de la Supersalud para quejas en EPS y pide regulación efectiva
La Defensoría ha solicitado transparencia y acceso a la información pública de las EPS que fueron intervenidas
Jueves, 16 de mayo de 2024, a las 10:54

Carlos Camargo Assis, Defensor del Pueblo.


Redacción. Bogotá
El Defensor del Pueblo, Carlos Camargo Assis, ha subrayado que la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) debe concebir la salud no como un servicio público, sino como un derecho fundamental. En el contexto actual, con varias EPS intervenidas, Camargo ha criticado que se hayan establecido más requisitos para la recepción de quejas, obligando a los usuarios a presentar previamente sus peticiones a las entidades promotoras de salud. Solo en ausencia de respuesta, los usuarios pueden recurrir a la Superintendencia Nacional de Salud.
 
Ante esta situación, el Defensor del Pueblo ha hecho un llamado al Gobierno Nacional y a las autoridades con facultades de policía administrativa para que ejerzan sus funciones de regulación, vigilancia, inspección y control de los aseguradores y prestadores de servicios de salud con un enfoque de derechos humanos, y no meramente como un servicio público. Camargo ha enfatizado que tanto las autoridades como los particulares en el sistema de salud deben garantizar los derechos humanos bajo la tutela permanente del Estado.

Declaración del Defensor del pueblo.

 

Adicional a ello, Camargo Assis ha señalado que equiparar la salud con otros servicios públicos implica un retroceso respecto a lo establecido por la Corte Constitucional en la Sentencia T-760 de 2008 y por el Congreso en la Ley Estatutaria 1751 de 2015.
 
De acuerdo con la Defensoría, las peticiones de los usuarios del sistema de salud no han sido respondidas de manera adecuada y oportuna. Por ello, urge activar las rutas de atención de quejas 24/7, garantizando la gestión directa en casos críticos, especialmente en áreas remotas sin servicios de salud adecuados.
 
Cabe mencionar que, la Defensoría del Pueblo también ha solicitado a la Superintendencia Nacional de Salud restablecer el acceso público a la información sobre indicadores financieros, jurídicos y de servicios, así como el número de PQR de las EPS, especialmente las intervenidas. Esta información, retirada de los portales públicos el último año, es fundamental para cumplir con la Ley 1712 y las normas de transparencia en la gestión pública.
 
Para la Defensoría, la transparencia en la información es una herramienta esencial para que las autoridades protejan el derecho a la salud y para que los afiliados y usuarios conozcan el comportamiento de las empresas aseguradoras y prestadoras de servicios.
 
De ese modo, la Defensoría del Pueblo ha indicado que sus 42 Defensorías Regionales y su Delegada para el Derecho a la Salud están permanentemente disponibles para la atención de quejas. Además, incrementarán la presencia de sus funcionarios en municipios y veredas, y en los territorios más alejados a través de la estrategia "Defensoría en tu comunidad", realizando jornadas de atención integral y especializada.


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