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Salud Pública
SEGÚN INFORME
Más de 240 médicos sancionados 5 años por vulneración a las normas médicas
Tribunal Nacional de Ética revela sentencias contra galenos por diversas denuncias que incluyen delitos sexuales y falsedad de documentos
Miércoles, 12 de agosto de 2020, a las 17:08

Ejercicio de la medicina en Colombia. Imagen referencial.


Redacción. Bogotá
Un informe conocido por medios locales ha revelado sanciones, imputaciones jurídicas y resoluciones por parte del Tribunal Nacional de Ética Médica durante los últimos 5 años, así como también las decisiones de 20 tribunales seccionales con respecto a denuncias contra profesionales de medicina que han vulnerado las normas médicas.
 
De igual forma en el documento se han denotado el tipo de sanciones impuestas, especialidades involucradas y la procedencia de los procesos que el Tribunal ha documentado entre los años 2015 y 2019, donde se han esclarecido estadísticas de conductas que han sido motivo de investigación, no obstante, el Tribunal ha señalado que mantuvo la privacidad de los médicos y que no se ha individualizado a los responsables de las sanciones impuestas.
 
Asimismo, el documento ha recopilado los datos de 232 sesiones de sala plena que han producido cerca de 535 sentencias; 11 de ellas del 2019.  El informe ha recalcado que el 46,36 por ciento de las resoluciones fueron sentencias sancionatorias al personal médico que ha violado las normas de la profesión.
 
De acuerdo con el informe, las sanciones se han referido a amonestaciones privadas a la censura a diferentes escalas y suspensiones en el ejercicio de la profesión hasta por 6 meses o 5 años en los casos más graves, “188 de los 248 (74 por ciento) castigados han sido suspendidos de sus funciones, 94 de ellos (37,90 por ciento) por 6 meses y 88 (35,48 por ciento) por más tiempo”.
 
Áreas de la Medicina más denunciadas
 
En el informe ha constado el análisis de áreas de la medicina que más fueron denunciadas por mala práctica médica; las cirugías estéticas han sido las especialidades que representan el 24,81 por ciento de las denuncias, triplicando el porcentaje de denuncias en la medicina interna y el 9,81 por ciento de otras especialidades, así como también la cifra se ha enmarcado por encima de otras áreas como obstetricia (8 por ciento), urgencias (7,12 por ciento), pediatría (5,96 por ciento) y medicina general (5,38 por ciento).
 
Adicional a ello, el Tribunal ha aclarado que la cantidad de quejas presentadas en el campo de la cirugía estética, la mayoría se ha generado por inconformidad con procedimientos de cirugía realizados por médicos sin el título de especialista.
 
“En una alta proporción la conducta negligente, imprudente o imperita por parte del implicado ha llevado a sanciones, se alega con frecuencia que el profesional al tener el título de médico cirujano o médico general, está capacitado para dichos procedimientos. Además, se adjuntan diplomas o certificados de cursos que supuestamente los habilitan. También se alega que muchos de los procedimientos son ‘mínimamente invasivos o de inyectología’, pero al tiempo ignoran los riesgos que tienen y a los que someten a sus pacientes”, ha puntualizado el informe del Tribunal.
 
De igual forma, el documento también ha indicado que, además de la insuficiente formación, ha incidido en las malas prácticas el ejecutar procedimientos quirúrgicos en sitios inadecuados, como consultorios, gimnasios o spas que no cumplen las condiciones exigidas para su habilitación y no cuentan con los recursos tecnológicos requeridos.

“En otras ocasiones, algunos galenos minimizan o desconocen los riesgos de la intervención, realizan actividades sin que el grupo sanitario que debe participar esté completo, bien sea por falta de anestesiólogo o enfermera, o por falta de recursos como banco de sangre o unidad de cuidados intensivos que permita atender de manera adecuada una complicación no prevista”, ha manifestado el Tribunal.
 
Sobre la vulneración de normas médicas
 
El informe ha destacado vulneraciones a la ley 23 de 1981, que ha dictado normas en materia de ética médica en Colombia junto a imputaciones jurídicas, ya que, se han encontrado 661 vulneraciones a 39 de los 94 artículos, especialmente al 15, 10 y 34, donde se han referido sobre someter al paciente a riesgos injustificados y fallas en el consentimiento informado, “no dedicar el tiempo necesario para diagnosticar, e irregularidades en la elaboración de la historia clínica del paciente”.

En el artículo 15, el Tribunal ha reiterado que los médicos “no deben exponer al paciente a riesgos injustificados y que el consentimiento informado por parte del paciente es requisito para permitir el ejercicio de su autonomía y debe preservarse”
 
De igual forma, en el artículo 10, se ha analizado que durante la atención en los servicios de urgencias y en la práctica ambulatoria, “es frecuente que el médico no dedique suficiente tiempo a la atención del paciente, por lo que la evaluación de su estado y los pasos que se derivan, como la impresión diagnóstica, los exámenes de laboratorio, los procedimientos y la prescripción, (puede que) no sean los adecuados. Estas situaciones dan la sensación de que el galeno se preocupa o se ve obligado más a cumplir con el diligenciamiento de una serie de documentos, que a dedicarle más tiempo a la evaluación que requiere el enfermo”.
 
El dato
 
El Tribunal Nacional de Ética Médica fue creado en 1981 para juzgar los actos médicos que vulneran las normas de la profesión, José Miguel Silva, magistrado del Tribunal Nacional de Ética Médica, ha explicado a medios locales que, “este tipo de estamentos cumplen con preservar el ejercicio de la medicina en un contexto humanístico y útil en términos técnicos y científicos, más allá de sanciones individuales, lo que se busca es preservar el deber colectivo de una profesión que tiene de fin supremo el bienestar de la gente”.
 
 
 
 
 


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