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Corte Constitucional da luz verde a la despenalización del suicidio médicamente asistido en Colombia
El país se convierte en el primero de la región en habilitar esta práctica para personas con enfermedades graves o incurables
Jueves, 12 de mayo de 2022, a las 18:09

Lucas Correa, director de investigaciones del Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB).


Redacción. Bogotá
La Corte Constitucional ha dado luz verde al suicidio médicamente asistido, el cual se enmarca como uno de los procedimientos donde los colombianos podrán acceder a esta práctica sin ser penalizados.
   

La decisión ha sido aprobada con 6 votos a favor y 3 en contra, por lo que el tribunal decidió legalizar este procedimiento tras estudiar una demanda presentada por el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB). 
 
De ese modo, quedan suprimidas las penalizaciones, en cuanto al suicidio asistido contempladas en el código penal colombiano, donde se aplicaban penas de entre 16 y 36 meses para quienes realizaran este procedimiento.
 
Cabe mencionar que, antes solo quienes demostraran tener una enfermedad terminal (y cumplieran otros requisitos) podían aplicar al procedimiento, ahora puede hacerlo el paciente que padezca un intenso sufrimiento físico o síquico proveniente de lesión corporal o enfermedad grave e incurable; eliminándose así la condición de enfermedad terminal.
 
Esta histórica votación en la Corte Constitucional de Colombia ha hecho que el país se convierta en el primero en América Latina en despenalizar el suicidio médicamente asistido (SMA) para personas con enfermedades graves o incurables.
 
En ese sentido, la Corte ha ampliado los derechos de los ciudadanos a "morir dignamente", consagrado en la Constitución y que, en 1997 llevó a la despenalización de la eutanasia y su posterior regulación en 2015.
 
De acuerdo con DescLab, “el suicidio asistido no ha sido practicado por cualquier persona en cualquier caso", sino que la Corte decidiera que "cuando un profesional de la medicina presta una ayuda para que otra persona ponga fin a su vida bajo ciertas condiciones, no recibirá un castigo penal". 
 
La decisión entrará en vigor una vez que la Corte publique oficialmente el fallo, según ha explicado a medios locales Lucas Correa, director de investigaciones del Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB), la firma de abogados que interpuso la demanda ante la corte. "Siempre es una buena idea conocer completamente el fallo, y el sentido del fallo, para poder actuar en derecho", ha agregado.
 
Asimismo, el comunicado del DescLAB ha resaltado que, "tanto la eutanasia como el suicidio médicamente asistido tienen el mismo fin, causar la muerte de una persona que cumple con los requisitos legales. La diferencia es el rol del médico y quién termina causando la muerte".
 
Colombia ha sido el primer país de Latinoamérica en despenalizar la eutanasia y es uno de los pocos del mundo donde es legal, después de que la Corte Constitucional consagrara en 1997 la muerte digna como un derecho fundamental en caso de enfermedad terminal cuando el paciente sufriera de mucho dolor, lo solicitara de forma voluntaria y lo realizara un médico. 
 
El dato
 
A diferencia de la eutanasia, este procedimiento se ha traducido en que cada persona podrá ejecutar su muerte de manera abierta y sin ser penalizada; y aplica cuando el paciente cuente con el respectivo consentimiento informado y la asistencia de un médico profesional.


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