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Colombia | Ecuador
Salud Pública
REGLAMENTACIÓN DE USO
Asociación Colombiana de Salud Pública se convierte en un aliado fundamental para el uso del cannabis medicinal
La resolución 227 de 2022, establece mecanismos y procedimientos para el uso del cannabis en alimentos, bebidas y textiles
Viernes, 25 de febrero de 2022, a las 16:03

Dionne Cruz, presidenta de Asociación Colombiana de Salud Pública (ACSP).


Karen Juliete Rojas Gaitán. Bogotá
En Colombia, con lo dispuesto en el Decreto 811 de 2021 y la expedición de la Resolución 227 de 2022, se han establecido condiciones para el uso industrial del componente vegetal de la planta de cannabis (hojas, tallos o granos).
 
De acuerdo con la norma, también se ha previsto realizar mejoras en los procesos con los que se otorgan licencias y cupos para los productos con base en la planta de cannabis. Con esto se mantiene una adecuada fiscalización de los productos derivados de esta planta, a la vez que se facilita a la industria realizar sus actividades.
 
En entrevista con EDICIÓN MÉDICA, Dionne Cruz, presidenta de la Asociación Colombiana de Salud Pública (ACSP) ha indicado que “las normas que se han venido adoptando en los últimos años representan una gran promesa en materia de salud pública”.

“El cannabis en la historia de la humanidad desde épocas más antiguas era usado con fines rituales y con propósitos de curación. Eso tiene unos condicionamientos que el mundo ha venido encontrando y que los estudios que han venido realizando; los cuales han demostrado que hay una buena evidencia científica para indicar que bien manejado, de acuerdo con la historia clínica de las personas, puede llegar a ser determinante en la mejoría frente a ciertos diagnósticos”, ha dicho Cruz.

Asimismo, Cruz ha indicado que, “el cannabis utilizado para personas que padecen cáncer, en relación con los efectos de la quimioterapia, radioterapia como las náuseas, vómito o la pérdida de apetito, resulta muy benéfico porque ayuda a controlar esos efectos adversos”. 
 
Para el caso de personas con VIH, que también sufren cuadros complejos ayuda a disminuir ese tipo de síntomas, además ayuda en el tema del sueño, insomnio, problemas de ansiedad y salud mental. “Se ha considerado muy importante en el tratamiento de los pacientes y cuando estamos hablando de adicciones, para superarlas y con un enfoque de reducción de daño se convierte en un aliado fundamental el tema del cannabis medicinal”, ha explicado Cruz.
 
“Estamos hablando de un valor agregado y no estamos invitando a que las personas usen el cannabis con otra finalidad, sino que, estamos señalando los usos médicos, clínicos, en salud mental”, ha manifestado Cruz.
 
De igual forma, la presidenta ha recalcado que el cannabis medicinal ayuda mucho a personas que padecen Parkinson y contribuye a la disminución de los temblores, ya que actúa sobre el sistema nervioso central.
 
Incluso es antiinflamatorio, por lo que es usado en pacientes que tienen artritis, osteoartritis, esclerosis múltiple, pero ha tenido efectos positivos en pacientes que padecen enfermedades de piel. Es antiepiléptico, ayuda a controlar las convulsiones, entre otros”, ha recalcado Cruz.
 
Adicional a ello, Cruz ha resaltado que “esto mejoraría la calidad de vida de muchas personas, pero desafortunadamente el uso de cannabis como está revestido de algunos moralismos y desconocimientos ha llevado a que esto no sea de un uso extendido sino para unos pacientes que tiene la posibilidad de acceder a ese mercado, en ciertas instituciones y con especialistas que trabajan con cannabis, pero no es algo que esté difundido y que esté al acceso de todos los colombianos”.
 
La idea, según ha resaltado Cruz, “es que progresivamente se pueda utilizar y que eso tenga unos marcos regulatorios muy estrictos, porque hay que verificar la calidad del producto y revisar que no tenga contaminantes como pesticidas o materiales pesados”.
 
Cabe mencionar que, el decreto 227 ha definido el acceso seguro e informado al uso del cannabis y tiene por objeto reglamentar la evaluación, seguimiento y control de las actividades de importación, exportación, cultivo, producción, fabricación, adquisición a cualquier título de semillas para siembra, componente vegetal, plantas de cannabis, grano, cannabis psicoactivo y no psicoactivo y derivados psicoactivos y no psicoactivos para fines médicos y científicos.
 
Sobre la normativa
 
La normativa ha considerado a las semillas para siembra, componente vegetal, grano y derivados no psicoactivos de cannabis para fines industriales, hortícolas y alimenticios en el marco de la Convención Única de Estupefacientes de 1961 y su Protocolo de Modificaciones de 1972, aprobada mediante la Ley 13 de 1974.
 
“En materia de salud pública, en un país como Colombia atravesado por el conflicto armado, en territorios donde hay una vocación productiva para producir cannabis, sería ideal que las comunidades tuvieran todo el apoyo para hacerlo desde el punto de vista de la salud pública”, ha puntualizado Cruz.
 
Uno de los objetivos de la normativa ha sido establecer los requisitos de licencias y cupos, así como el uso de los componentes de la planta de cannabis en alimentos, bebidas y suplementos dietarios.
 
Colombia se sitúa a la vanguardia con la reglamentación del uso del cannabis medicinal y sus derivaciones de usos industriales”, ha expresado el presidente Iván Duque, durante la presentación de dicha normativa.
 
El dato
 
Adicionalmente, se ha precisado las condiciones en las cuales terceros podrán hacer uso del grano, componente vegetal, cannabis, plantas de cannabis, derivados de cannabis y productos terminados, con fines científicos, medicinales o industriales. La resolución indica que se deberá adelantar las respectivas solicitudes a través del Mecanismo de Información para el Control de Cannabis (MICC).
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