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Salud Pública
ATENCIÓN DE URGENCIAS
IPS deberán garantizar atención a víctimas del terremoto sin autorización previa de ADRES
La entidad ha reiterado que clínicas y hospitales deben prestar servicios independientemente de la afiliación de los pacientes
Viernes, 14 de agosto de 2026, a las 12:08

Carmen Rocío Rangel, directora general (e) de la ADRES.


Redacción. Bogotá
La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) ha recalcado que las IPS no requieren autorización de la entidad para prestar servicios médicos a las personas afectadas por el terremoto. La atención ha debido garantizarse con independencia de su estado de afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).

La entidad ha señalado que los servicios prestados a las víctimas deberán ser reclamados mediante el nuevo sistema de radicación de reclamaciones. Estos recursos han comprendido atención de urgencias y ambulatoria, hospitalización, cirugía, medicamentos, dispositivos médicos, rehabilitación física y mental y traslado asistencial, incluido el desplazamiento desde el sitio de la emergencia hasta la primera IPS.

Además de la atención integral en salud, el Gobierno nacional, a través de la ADRES, ha establecido reconocimientos económicos para determinados eventos.

En caso de muerte y gastos funerarios, se ha contemplado una indemnización de hasta 750 salarios mínimos diarios legales vigentes, equivalente a 43.772.625 de pesos en 2026, como pago único por víctima. El reconocimiento podrá distribuirse entre cónyuge o compañero(a) permanente e hijos y, ante la ausencia de estos, entre padres y hermanos, de acuerdo con las condiciones establecidas.

Para los casos de incapacidad permanente, el valor de la indemnización se ha determinado según el porcentaje de pérdida de capacidad laboral y ha requerido el dictamen de la autoridad competente.

Documentación y plazo para reclamar

Los reclamantes han debido presentar el formulario de la ADRES, el certificado del Consejo Municipal o Distrital de Gestión del Riesgo que acredite la condición de víctima, documento de identidad y certificación bancaria de una cuenta de ahorros o corriente. No se han aceptado cuentas de Nequi, Daviplata o llaves.

Para muerte y gastos funerarios se han requerido, entre otros documentos, el registro civil de defunción y los soportes que acrediten el vínculo con la víctima. En incapacidad permanente se ha solicitado el dictamen de pérdida de capacidad laboral y la epicrisis o resumen clínico.

El plazo para presentar la reclamación ha sido de 18 meses, contados desde la fecha de muerte o desde la expedición del dictamen de pérdida de capacidad laboral.
Las solicitudes pueden radicarse mediante el portal oficial de la ADRES o presencialmente en Bogotá, en la Avenida El Dorado No. 69-76, Edificio Elemento, piso 10.
La entidad ha establecido una diferencia clave para las IPS: el reconocimiento de los servicios de salud prestados a las víctimas no equivale al reconocimiento de daños materiales.

Por tanto, los recursos de la ADRES no han cubierto daños en viviendas, vehículos ni afectaciones de infraestructura física de hospitales, clínicas o centros de salud. Las IPS deberán utilizar los mecanismos correspondientes para reclamar los servicios asistenciales efectivamente prestados.

La atención clínica inmediata debe prevalecer sobre cualquier trámite administrativo previo; posteriormente, las instituciones deben garantizar la trazabilidad documental y asistencial necesaria para sustentar sus reclamaciones.

Finalmente, la ADRES ha reiterado que todos los trámites son gratuitos y no requieren intermediarios. Las inquietudes sobre indemnizaciones por muerte, gastos funerarios o incapacidad permanente pueden ser atendidas en la línea 601 432 27 60, extensión 1014, o mediante el correo radicacionpndep@adres.gov.co.

Para las IPS, la principal implicación operativa ha sido clara: la atención de las víctimas no ha podido condicionarse a trámites administrativos, mientras el reconocimiento financiero deberá gestionarse posteriormente mediante los canales oficiales y con los soportes requeridos.


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